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miércoles, 6 de noviembre de 2013

Calamitosa situación de los Juzgados de la Isla: El TSJA, la Inspección de Trabajo, los políticos, y en definitiva, el "blablabla".

  Justicia | san fernando

El TSJA cree que en los juzgados de La Isla «no se presta una Justicia digna»

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía pide una solución para las salas locales en la sesión que se celebró con motivo del Bicentenario

06.11.13 - 01:06 -

Fue San Fernando en la ciudad en la que se instauraron los pilares básicos para una Justicia efectiva. Como ejemplo se recoge la separación de poderes o las garantías procesal y penal. No fueron los únicos logros de unas sesiones y debates que también implantaron el germen de lo que hoy en día se conoce por el Tribunal Supremo. Incluso su primer presidente, Ramón de Posada, tomó su cargo en San Fernando en el año 1813. Han pasado desde entonces 200 años y la ciudad en la que nació la Justicia efectiva se ha convertido en el lugar en el que no se prestan «ni los servicios adecuados ni se puede impartir una Justicia digna», como consecuencia de la situación de su sede judicial.

A CONTINUACION, LA RESPUESTA DE LA INSPECCION DE TRABAJO A LA DENUNCIA PRESENTADA POR CCOO EL PASADO MES DE SEPTIEMBRE SOBRE LA CALAMITOSA SITUACION DE LOS JUZGADOS DE SAN FERNANDO.

 

Como se ve, la Inspeccion Provincial de Trabajo se lava las manos, y echa balones fuera, por elevación. En cualquier caso, no entendemos qué pretende esta Inspección Provincial cuando  "nos invita"  a detallar las deficiencias concretas, pues nuestra denuncia (a disposicion de quienes nos contacten),  en cuanto a las condiciones de  seguridad y salud laboral, plantea :

- un total de 16 deficiencias, cuanto a los lugares de trabajo.
- un total de  8 deficiencias, en cuanto a la ergonomía en los puestos de trabajo.
- un total de 8 deficiencias en cuanto a las condiciones de la organización del trabajo.

Además de los  consabidos incumplimientos, igualmente denunciados por CCOO, en cuanto a la falta de evaluación inicial de riesgos laborales, falta de consulta y participacion de los representantes de los trabajadores, etc.

¿Hará caso la Jefatura de la Unidad especializada de Seguridad y Salud laboral de Sevilla, a la denuncia, mediática, del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andaluca?

Denunciaba, el pasado mes de mayo, el Partido Popular de Cádiz, presidido por  el Sr Alcalde del Ayuntamiento de San Fernando,  a la sazón, presidente de la Diputacion de Cádiz,   y del Partido Popular de Cádiz,  que en  Cádiz hay "diez de las 16 infraestructuras judiciales comprometidas que no se han llevado a cabo", concretamente las ciudades de la justicia de Cádiz, Algeciras y Jerez; los palacios de justicia de El Puerto de Santa María, Puerto Real, San Fernando, La Línea, San Roque, Rota y Barbate.


Es por ello que, desde este modesto blog, de este modesta Sección Sindical,  instamos al Sr Loaiza, a presentar y defender mociónes, similares a esta, en contra de la Propuesta de Ley de Demarcacion y Planta.., No vaya a ser que, a pesar de su preeminente cargo en el partido político que sustenga al Gobierno de España, desconozca lo que dice el proyecto del Ministro Gallardon, que, entre otras cosas acabaría, de llevarse a efecto, con los Juzgados de San Fernando (La Isla), impidiendo, igualmente, que se gaste un sólo euro en las sedes judiciales vigentes, mientras tanto.

Extraemos parrafo de dicho proyecto:

La definitiva apuesta de la ley por este nuevo planteamiento no está exenta de flexibilidad y utilidad, pues mientras las circunstancias presupuestarias no permitan inversiones que “positivicen” en toda su extensión los términos de la ley, se facilita la continuidad de uso de los edificios judiciales habilitados en las antiguas cabeceras de partido, si bien con carácter provisional, sin que por ello resulte posible llevar a cabo inversiones en materia de infraestructuras judiciales que no vayan destinadas a consolidar la nueva planta judicial. En definitiva, la progresiva, sólida y efectiva implantación del nuevo modelo condiciona el gasto que las Administraciones Públicas puedan realizar en mejora de los medios materiales al servicio de la Administración de Justicia, siendo así que aquél deberá localizarse en los edificios e instalaciones que han de albergar las sedes reflejadas en la presente Ley y solamente en ellas.

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